Ley de Patrimonio Cultural de Galicia

La Ley 5/2016, de 7 de mayo, Ley de Patrimonio Cultural de Galicia, vino a sustituir a la legislación anterior, que databa del año 1995. Es una norma que se desarrolla en virtud de la competencia recogida en el artículo 27.18 del Estatuto de Autonomía gallego, que atribuye a la comunidad autónoma la defensa y promoción de los valores culturales del pueblo gallego.

Se articula en 10 títulos que recogen las normas sobre protección y conservación del patrimonio gallego material e inmaterial, y un régimen sancionador para castigar a quienes incumplan las obligaciones relacionadas con el cuidado del patrimonio.

Objeto de la Ley de Patrimonio Cultural del Galicia

Persigue las siguientes finalidades con respecto al patrimonio cultural gallego:

Protección

Implica tomar medidas para salvaguardar y preservar el patrimonio cultural frente a posibles daños, deterioros o pérdidas, ya sean por causas naturales, por el paso del tiempo o por la acción humana.

De esta finalidad se derivan acciones específicas como la puesta en marcha de ayudas para la rehabilitación de determinados inmuebles.

Conservación

Se refiere a la necesidad de mantener en buen estado el patrimonio cultural, garantizando su integridad y autenticidad a lo largo del tiempo, de forma que pueda ser disfrutado por las futuras generaciones.

Acrecentamiento

La Xunta tiene entre sus competencias la de aumentar o enriquecer el patrimonio cultural gallego. Esto se puede lograr a través de la adición de nuevos elementos o mediante la recuperación y restauración de elementos históricos que se pueden haber perdido o deteriorado por el paso del tiempo.

Difusión

Significa que las autoridades deben promover el conocimiento y apreciación del patrimonio cultural gallego tanto entre la población local como entre los visitantes. Para ello, se ponen en marcha medidas como actividades educativas, eventos culturales o publicaciones especializadas.

Fomento

Se refiere a la necesidad de promover de forma activa la valoración, estudio, investigación y desarrollo del patrimonio cultural de Galicia. Así como apoyar iniciativas que contribuyan a su preservación y a su revitalización.

Lo que implica la norma es que debe haber por parte de los Poderes Públicos un compromiso de protección, conservación, aumento, difusión y fomento del patrimonio cultural de Galicia. Incluyendo la preservación de su herencia histórica y artística y la promoción de su valor cultural y social.

Definición y clasificación

Son bienes del patrimonio cultural de una región, en este caso de Galicia, todos aquellos objetos físicos o inmateriales que tienen un valor cultural, histórico, arqueológico, artístico, científico o social que resulta significativo para la sociedad.

La Ley de Patrimonio Cultural de Galicia señala que los bienes que cumplen estos requisitos pueden ser declarados de interés cultural o catalogados.

Los bienes declarados de interés cultural pueden ser inmuebles, muebles o inmateriales. Pueden acceder a esta clasificación aquellos que hayan sido declarados como tal por ley o por decreto del Consejo de la Xunta de Galicia, siguiendo el procedimiento previsto en esta misma norma.

Por su parte, tienen la consideración de bienes catalogados, los bienes y manifestaciones inmateriales que, no habiendo sido declarados de interés cultural, se incluyan en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia por tener un valor cultural relevante. Este tipo de bienes también pueden ser muebles, inmuebles e inmateriales.

A estos efectos, son bienes:

  • Muebles. Objetos físicos que se pueden trasladar de un lugar a otro, como libros antiguos, mobiliario clásico u otras de arte.
  • Inmuebles. Edificación, estructuras arquitectónicas, paisajes y otros lugares con un valor cultural o histórico particularmente relevante.
  • Inmateriales. Todos aquellos elementos no físicos que forman parte de la cultura de un lugar, como las tradiciones orales, las prácticas artesanas, la danza, las festividades o el idioma.

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Competencia autonómica

Galicia tiene una larga tradición en materia de protección y conservación de su patrimonio histórico.

La Constitución Española de 1978 reconoce el derecho de las comunidades autónomas a asumir competencias en materia de patrimonio monumental. El Estatuto de Autonomía de Galicia de 1981 recogió esta disposición constitucional y permitió el acceso a los Poderes Públicos gallegos a la responsabilidad de conservar y acrecentar el patrimonio histórico de la región. Mandato que se materializó a través de la Ley de Patrimonio Cultural de Galicia de 1995.

Esta norma asentó las bases para la protección y difusión de la cultura gallega, estableciendo procedimientos e instrumentos para garantizar su conservación, así como un régimen sancionador. Con el paso del tiempo, se hizo necesaria una ley más actualizada, y se aprobó entonces la Ley de Patrimonio Cultural de Galicia actual, que data del año 2016.

La legislación actual define el patrimonio cultural gallego desde una perspectiva ligada a su uso y disfrute por parte de la ciudadanía y como un instrumento para la cohesión social y el desarrollo sostenible. Un elemento integrador de la identidad del pueblo gallego.

La especificidad gallega

La Ley de 1995 no se refería a un aspecto tan importante en el patrimonio cultural gallego como los Caminos de Santiago, que se regulaban a través de su norma específica. Esto ha cambiado con la legislación actual. El Título VI integra la regulación específica del régimen de protección de los Caminos de Santiago.

La norma ha tenido en cuenta todas las particularidades del patrimonio cultural gallego y ha establecido una regulación detallada para los bienes declarados de interés cultural, el patrimonio inmaterial, la protección de los Caminos de Santiago, los patrimonios específicos, y el régimen de museos, a la vez que establece el régimen jurídico para el fomento del patrimonio cultural gallego y un régimen de inspección y sanciones.

Un entramado legal complejo y transversal que busca ofrecer la mejor protección posible para el patrimonio cultural de Galicia.

Sin duda, la Ley de Patrimonio Cultural de Galicia es una norma que todos debemos conocer. Si tienes un edificio con valor patrimonial y deseas preservarlo, puedes ponerte en contacto con nosotros, somos expertos en rehabilitación y restauración.